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Rechazo a la nueva delimitación de zonas vulnerables por nitratos

Rechazo a la nueva delimitación de zonas vulnerables por nitratos

La nueva orden publicada el 29 de abril de 2026, cuyo plazo de alegaciones finaliza el 29 de mayo, amplía y modifica las zonas vulnerables en Aragón, alcanzando 32 zonas y más de 1,5 millones de hectáreas afectadas. Desde ASAJA Aragón consideran que estas medidas incrementan todavía más la presión burocrática y económica sobre el sector agrario, que ya viene soportando numerosas exigencias medioambientales y administrativas.

 

Desde ASAJA Aragón hay que recalcar que “en ningún momento se ha consultado con nuestra organización agraria, ni se ha participado en la elaboración de esta propuesta”.

 

Asimismo, ASAJA Aragón advierte de que la aplicación de esta propuesta, aprobada por la Dirección General de Desarrollo Rural en funciones, limitará el desarrollo de explotaciones agrícolas y ganaderas, además de condicionar la actividad agraria en un número importante de municipios de nuestra comunidad autónoma, afectando al crecimiento económico y al futuro del medio rural aragonés.

 

La organización agraria recuerda que agricultores y ganaderos son los primeros interesados en cuidar el medio ambiente y mantener una actividad sostenible, pero reclama que las decisiones se adopten teniendo en cuenta también la viabilidad económica de las explotaciones y la realidad del territorio.

 

Asimismo, ASAJA Aragón anuncia que a lo largo de esta semana presentará alegaciones a esta nueva designación de zonas vulnerables, defendiendo los intereses de agricultores y ganaderos afectados por esta medida.

Publicado
el 26-05-2026
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Preguntas más Frecuentes
Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a ver más
Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa ver más
Los interesados podrán hacer el seguimiento de sus solicitudes y de las devoluciones practicadas consultando la mencionada página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. ver más
Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe ver más
SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición. ver más
A partir del 1 de abril de cada año se solicita la devolución del I.E.H. del año anterior. ver más
Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria ver más
Hay que solicitarlo exclusivamente de manera telemática, a través de la página de la Agencia Tributaria. ver más
Esta cuestión es de vital importancia para la explotación. Preguntar en cada departamento de seguros. ver más
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