Obligación del Registro de Jornada Diaria de los trabajadores
Os recordamos que según normativa: art. 34.9 del ET (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; art. 12.4 del ET; arts. 2,4,5 y 24 del DJE de 1995 (Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo).
A partir del día 12 de mayo del 2019 es obligatorio llevar el registro del horario diario de todos los trabajadores. A continuación, puedes descargarte diferentes modelos.
Publicado
el 13-05-2019