Publicado el 31/07/2019

Las nefastas consecuencias de la posible nueva subida del SMI a 1.200 euros

ASAJA Aragón advierte de las nefastas consecuencias que tendría para el sector Agropecuario una posible nueva subida del Salario Mínimo Interprofesional a 1.200 euros, anunciado por el Presidente del Gobierno de España en funciones, durante el debate de investidura, el pasado martes 23 de julio de 2019.

 

El martes 23 de julio, dentro del marco del debate de investidura, en el Congreso de los Diputados, el Presidente del Gobierno en funciones, lanzó la propuesta de elevar a 1.200 euros el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

 

Desde Asaja Aragón se advierte de forma tajante la irresponsabilidad de una medida de tal calibre dentro del sector agropecuario. Este tipo de propuestas de carácter populista, con el objetivo de buscar los apoyos necesarios para logra una investidura, no pueden lanzarse a la sociedad sin una argumentación económica de rigor.

Asaja Aragón ya denunció públicamente la irresponsabilidad de subir a 900 euros el SMI el pasado mes de enero, lo que supuso un incremento del 22%. Dicho incremento, tal como denunció Asaja, está siendo un verdadero lastre para nuestro sector, con especial incidencia en el sector de la fruta, dado el volumen de empleados que necesita, tanto en empleo fijo, como en temporeros. Merece la pena señalar, que a fecha actual, se sigue sin firmar el Convenio Agrícola provincial de Huesca, dada la dificultad que está llevando la negociación con los sindicatos en la interpretación y aplicación del importe que debe integrar el SMI; además de otras negociaciones que también están dificultando un posición de consenso, como la aplicación del registro de la jornada,…etc.

Si la aplicación del SMI a 900 euros está siendo un auténtico calvario para la economía del sector fruta, que ya viene arrastrando unos años desastrosos desde que se hizo efectivo el veto ruso, así como para el resto de sectores del mundo agro, dónde las explotaciones no sólo están viendo mermada su competitividad, sino que muchas de ellas se están viendo abocadas al cierre; desde Asaja Aragón, no podemos más que volver a DENUNCIAR CON GRAN PREOCUPACIÓN, el despropósito de este tipo de declaraciones de proponer una nueva subida del SMI a 1.200 euros.

 

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Preguntas frecuentes

¿Cómo puedo revisar las parcelas que voy a poner en mi PAC?

Al declarar las parcelas que constituyen la explotación sobre las que solicita ayudas, debe indicar su referencia en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC).

Para ayudarle con esta tarea, puede consultar la información a través del Visor Nacional (http://sigpac.mapama.gob.es/fega/visor/) o en el visor de la Comunidad Autónoma de Aragón para el caso de las parcelas ubicadas en nuestra Comunidad (http://sigpac.aragon.es/visor/).

A lo largo de todo el año, desde nuestras oficinas de ASAJA HUESCA, nuestros técnicos le pueden ayudar a consultar esta información.

¿Cuándo puedo solicitar las ayudas de la PAC?

Desde el año 2016, el plazo de presentación de la Solicitud Única se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril de cada año.

Mediante la Solicitud Única, el productor puede solicitar todas sus ayudas de una sola vez. 

Desde ASAJA HUESCA te recordamos la importancia de que se cumplimente correctamente dicha solicitud y presentarla a tiempo, para evitar posibles penalizaciones o incluso la no percepción de las ayudas por una mala declaración o una presentación fuera de plazo.

¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.

¿Qué hay que hacer para obtener la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos-  la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

NIF: 9 caracteres

Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.

Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.

Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.

El volumen de litros consumidos e importe del mismo.

En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.

La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.

Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.


 

¿Cuáles son las necesidades de fertilización máximas?

En Zona Vulnerable 170 y en Zona no Vulnerable 210.

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