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Cotización de los autónomos por cese de actividad

Cotización de los autónomos por cese de actividad

Con fecha 1 de enero de 2015, entró en vigor la Ley 35/2014 de 26 de diciembre por la que se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

Lo importante de esta Ley para los agricultores y ganaderos que cotizan a la Seguridad Social en el Régimen de Autónomos es que modifica la obligatoriedad de la prestación por cese de actividad en aquellos casos en que el autónomo hubiera optado por la cobertura de accidentes de trabajo.

Hasta la entrada en vigor de esta Ley, aquellos autónomos que optaban por la cobertura contingencias profesionales (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) tenían que pagar obligatoriamente la cobertura de protección por cese de actividad. Obviamente, la protección por cese de actividad o desempleo es una cobertura nada interesante para el sector agropecuario.

La renuncia a esa cobertura puede solicitarse en la Tesorería de la Seguridad Social y las solicitudes presentadas a partir del 1 de octubre surtirán efectos el 1 de enero de 2016.

Publicado
el 18-01-2018
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Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa ver más
Los interesados podrán hacer el seguimiento de sus solicitudes y de las devoluciones practicadas consultando la mencionada página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. ver más
Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafever más
SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición.ver más
A partir del 1 de abril de cada año se solicita la devolución del I.E.H. del año anterior.ver más
Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributariaver más
Hay que solicitarlo exclusivamente de manera telemática, a través de la página de la Agencia Tributaria.ver más
Esta cuestión es de vital importancia para la explotación. Preguntar en cada departamento de seguros. ver más
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