Publicado el 09/05/2019

Asaja Aragón alerta de la paralización de los expedientes ganaderos en el INAGA

El día 8 de abril salió publicado el Decreto 53/2019 por el que se regula en Aragón la gestión de estiércoles y los procedimientos de acreditación.

 

Para realizar nuevas explotaciones ganaderas o modificar las existentes es necesario la incorporación de un plan de gestión de los estiércoles o purines que regula este decreto, cumpliendo con lo especificado en el anexo II: Evaluación de los efectos acumulativos de la aplicación de nitrógeno de origen ganadero como fertilizante.

 

La incorporación de dicho efecto acumulativo en los 5 km adyacentes a la explotación, sin haber dado instrucciones claras sobre que significa, como y a quien se aplica dicho anexo está generando el problema. Además, al no haber solucionado las tablas de referencia de producción, la cantidad de nitrógeno producido por plaza ganadera y no contemplar la posibilidad de extracción de las dobles cosechas o de cultivos que sobrepasan las 210 UFN; da como resultado, en muchos casos, que las granjas o los proyectos se encuentre en zonas de saturación con impactos severos o críticos.

 

Tal y como define este anexo, en zonas de saturación superior del 50% supone un impacto crítico y por ello NO poder utilizar lo estiércoles y purines como fertilizantes (según el anexo II). Para poder seguir con el expediente se exige por parte de la administración una solución técnica para valorar positivamente el proyecto en el INAGA. Dicha solución (Plantas de biogás, gestores de residuos…) no son aplicables hoy en día en nuestra comunidad Autónoma y esto puede provocar, tal y como está ocurriendo, la paralización de las autorizaciones ambientales de ampliación o construcción de nuevas instalaciones ganaderas.

 

Si la saturación esta entre 0% y 50% el impacto se considera severo y las medidas correctoras deben reducir el contenido de nitrógeno en la fertilización. Para ello, si que hay soluciones técnicas viables en el mercado, pero hoy en día no se tiene experiencia suficiente para implantarlos a prisa y corriendo sin saber por parte del ganadero que medida es la más interesante en cada caso.

 

Este decreto puede bloquear el desarrollo del sector porcino y del resto de sectores ganaderos (la saturación afecta a todos los sectores ganaderos incluido el extensivo) y de la agroindustria ya instalada además de la que se pretende implantar en un futuro inmediato. Es por ello que ASAJA pide a la administración que solucione el caos que se esta generando dentro del sector ganadero con la salida del decreto.

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Preguntas frecuentes

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

¿Cómo solicitar las ayudas de la PAC?

Debe dirigir su solicitud única a la autoridad competente de la Comunidad Autónoma en la que radique su explotación o la mayor parte de ella a través de una Entidad Colaboradora.

En nuestras oficinas de ASAJA HUESCA, ubicadas en Barbastro, Huesca, Fraga y Tamarite de Litera, dispone de los medios técnicos y el personal adecuado para la confección de su solicitud.

¿Qué debe de cumplir la maquinaría con la que realizo los tratamientos fitosanitarios?

La maquinaría debe estar inscrita en el ROMA y tener la ITEAF vigente.

¿Cómo se solicita la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Hay que solicitarlo exclusivamente de manera telemática, a través de la página de la Agencia Tributaria.

¿Puedo solicitar en ASAJA ayuda para mis trámites con la Seguridad Social?

Sí.  En ASAJA prestamos a nuestros socios todos los servicios relacionados con la Seguridad Social:  contratos, nóminas, autónomos, partes de baja, certificados, alta de notificaciones telemáticas, etc.

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